martes, 10 de noviembre de 2009

LA VIDA COTIDIANA DURANTE EL TERROR

El propio pueblo, al ver peligrar la Revolución, permite a los jacobinos legalizar el terror como arma para defender la República.


La caza de sospechosos .

Se consideraba sospechoso a todo aquel que por su conducta, sus intenciones o sus escritos fuese partidario de la Monarquía o el federalismo y también a los considerados como enemigos de la Libertad. La calificación de sospechosos correspondía al Comité Revolucionario. Estos comités nacieron espontáneamente y tras su legalización se encargaron de la vigilancia de los extranjeros y los sospechosos y su eventual arrestro. Además, debían luchar contra el crimen, mantener el orden público y vigilar la educación y la higiene pública. También expedían los certificados de civismo. La declaración era la principal vía para la detención de sospechosos. Una vez detenidos y esposados, los sospechosos eran amontonados en carretas vigiladas que les llevaban hasta las prisiones provinciales. Allí esperaban a ser despojados de todos sus objetos personales y después eran conducidos al patio de la prisión o a las celdas abarrotadas de gente.

La vida en las prisiones

Al principio las prisiones no estaban todavía demasiado llenas, pero a partir de junio de 1794 el Gran Terror sobrecargó las cárceles y las condiciones de vida se degradaron al máximo.. en la primera etapa las prisiones mantenían una clara separación entre los prisioneros según su condición social. En la mesa se encontraban tres clases de prisioneros: los que podían alimentarse a sus expensas, los que no podían y los que eran bastante ricos como para correr con los gastos de otros pobres. A las nueve de la noche era el momento de acostarse. Algunos tenían permiso y podían ir pasear a los jardines. Las relaciones amorosas eran frecuentes y los carceleros permitían la visita de esposos y amantes. Poco a poco todo fue cambiando. El número de sospechosos crecía y los prisioneros se amontonaban en celdas y pasillos. Se acabaron las visitas y todos comían juntos en una mesa común. El gobierno revolucionario y los sans- cultotes temían una revuelta en las prisiones y fomentaban la delación de los posibles cabecillas.

El juicio

La Convención creó un Tribunal Criminal extraordinario para juzgar, sin apelación ni recurso, a los conspiradores. Estaba formado por cinco jueces, un acusador público, dos sustitutos y doce jurados. Los jueces aplicaban la ley tras la deliberación del jurado y la sentencia debía ejecutarse en veinticuatro horas. La sala se llenaba de público y el acusado acudía a declarar y a escuchar las declaraciones de los testigos. Después, los jurados se retiraban a deliberar. El acusado era informado por le juez de la opinión de los jurados y el acusador público planteaba sus conclusiones sobre la aplicación de la ley para finalizar con la proclamación de la absolución o de la condena. Con la ley del 10 de 1794 todo cambió y las garantías judiciales desaparecieron.

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