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miércoles, 13 de diciembre de 2017

ACTIVIDAD: EL SEXENIO DEMOCRÁTICO: LA REVOLUCIÓN "GLORIOSA " DE 1868

Los alumnos de 2º de BAT deberán realizar las siguientes actividades.



1.-Responder a las preguntas sobre el texto de la Proclama de los generales sublevados en Cádiz en 1868









PROCLAMA DE LOS GENERALES SUBLEVADOS EN CÁDIZ EN 1868

     
  " Españoles: La ciudad de Cádiz puesta en armas con toda su provincia, con la Armada anclada en su puerto (...) niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal intérprete de los ciudadanos (...) y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla. (...) Hollada la ley fundamental (...), corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, (...) muerto el Municipio; pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad; tiranizada la enseñanza; muda la prensa (...). Tal es la España de hoy. Españoles, ¿quién la aborrece tanto que no se atreva a exclamar: "Así ha de ser siempre"? (...) Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. (...)
Queremos que un Gobierno provisional que represente todas las fuerzas vivas del país asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política. Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de agiotistas (especuladores) y favoritos; con los amantes del orden, si quieren ver lo establecido sobre las firmísimas bases de la moralidad y del derecho; con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio y del ejemplo; con el pueblo todo y con la aprobación, en fin, de la Europa entera, pues no es posible que en el consejo de las naciones se haya decretado ni decrete que España ha de vivir envilecida. (...) 

Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre (...),no con el impulso del encono, siempre funesto, no con la furia de la ira, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada.

¡Viva España con honra!.

Cádiz, 19 de septiembre de 1868.- Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo Dulce, Francisco Serrano, Ramón Nouvillas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete".
 
A).-CLASIFICACIÓN DEL TEXTO.

 Se trata de una FUENTE PRIMARIA puesto que el documento es el original texto del manifiesto que proclama la sublevación conocida como "Revolución Gloriosa" contra la monarquía borbónica e Isabel II. Se trata de un texto de naturaleza  histórico-política, una proclama con la intención decimonónica de los pronunciamientos que dará fin al reinado de Isabel II en España. Será conocido el texto como ¡Viva España con honra!. También podemos señalar que se trata de un TEXTO PÚBLICO, es decir, dirigido a TODOS LOS ESPAÑOLES.

     El lugar y la fecha nos vienen indicados en el texto: Cádiz, 19 de septiembre de 1868, así como los autores del mismo (el colectivo de generales pronunciados), aunque el verdadero autor fue A. López de Ayala, celebre dramaturgo liberal. (Esto no tenemos que incluirlo en el comentario) . Entre los militares firmantes de la proclama nos encontramos con el general  Juan Prim, junto con el general  Francisco Serrano y el almirante Topete, todos ellos destacados protagonistas de la “Gloriosa”.

B).-Identifica las ideas principales de los textos, situándolos en su CONTEXTO HISTÓRICO y NÚCLEO TEMÁTICO

B.1.-) CONTEXTO HISTÓRICO-NÚCLEO TEMÁTICO:





B.2.-)IDEAS PRINCIPALES Y SECUNDARIAS:

  • La idea principal: derrocar a la reina Isabel II. Aparece expresada en el primer párrafo cuando los sublevados niegan su obediencia al gobierno, en nombre de la Nación a la que afirman representar para que recobre su soberanía.
  • Ideas secundarias: Explican las razones que les han llevado a pronunciarse en el segundo párrafo: se quejan de la violación de la Constitución de 1845 ("hollada la ley fundamental"), de la desnaturalización del sufragio ("por la amenaza y el soborno"), de la falta de autonomía de los municipios, de la corrupción administrativa, de la falta de libertad de prensa ("muda la prensa"), de la tiranía en la enseñanza....y muy especialmente de la inmoralidad de la Corte y de la vida privada de la reina (favoritos). Todas estas acusaciones son ciertas.

 A continuación expresan los objetivos que buscan alcanzar: legalidad, acabar con la corrupción y la inmoralidad (acusando a la reina al citar a sus favoritos y su mal ejemplo), establecer un Gobierno Provisional con sufragio universal y libertades reales. Aquí vemos el ideario demócrata. Se sienten representantes de todos los ciudadanos españoles, que esperan los respalden en la lucha, sean ricos o pobres, tanto de los partidos liberales, como de la burguesía acomodada, de la Iglesia y del pueblo. Insisten en que buscan orden y legalidad, para no asustar con el peligro de una revolución. Terminan solicitando que acudan todos a las armas por el lema " Viva España con honra" . Con la Revolución se perseguían dos objetivos: derrocar a Isabel II y convocar Cortes Constituyentes por sufragio universal para decidir el futuro.

C).- COMENTARIO HISTÓRICO:
C.1.-)EXPLIQUE LA CRISIS FINAL DEL REINADO DE ISABEL II (...)


C.2.-) ¿Qué es un "Pronunciamiento"?.
    Un Pronunciamiento es un golpe militar, dirigido generalmente por un general de prestigio, que se proclama portavoz de la voluntad del pueblo para hacerse cargo del poder. Los pronunciamientos suelen ir acompañados de un manifiesto, el cual explica las intenciones de los sublevados. Se suele considerar como primer pronunciamiento el llevado a cabo por el general Rafael del Riego en contra de Fernando VII, en 1820.

D) Explique el REINADO DE AMADEO DE SABOYA y sus PRINCIPALES PROBLEMAS.
 


2.- Explique "EL SEXENIO DEMOCRÁTICO" a partir de una CARICATURA ("DESDE ALCOLEA A SAGUNTO PASANDO POR VARIOS PUNTOS") publicada en la REVISTA "LA MADEJA".





A) DESCRIBE LAS CARICATURAS Y LOS PERSONAJES PRINCIPALES EN ELLA REFLEJADOS.

B)  ¿QUÉ SIGNIFICA "ALCOLEA"?

C) EXPLICA LOS ASPECTOS BÁSICOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869

D) EXPLICAR LAS DIFERENTES FASES DE LA I REPUBLICA ESPAÑOLA. 

E) EXPLICA UN POCO MÁS SOBRE: SAGASTA Y CASTELAR. 

F) DESCRIBE LA SIGUIENTE CARICATURA.¿QUIÉN ERA PAVÍA?. ¿QUÉ HECHO PROTAGONIZÓ?. 





G) INVESTIGA( para nota): ¿A qué batalla se refiere con "Pavía"?.

¿Qué fue "La noche de San Daniel"?. ¿Qué importancia tuvo en el final del reinado de ISABEL II?.

domingo, 3 de diciembre de 2017

Isabel II: Isabelona la frescachona

Imagen relacionada
  Fue Isabel II una reina peculiar. Pese a ser reina titular parece constatado que los asuntos del gobierno y del país no le interesaban demasiado. Es posible que los que la rodeaban, entre ellos la camarilla, el padre Claret y Sor Patrocino entre otros, no tuvieran interés en que la niña se formara como corresponde a una reina para poder manipularla a su antojo. Lo cierto es que se le achacan vicios múltiples, entre ellos los sexuales y también la glotonería ( no hay que obviar su ostensible obesidad).


  En cuanto a sus apetitos sexuales está demostrado que tuvo numerosos amantes y que de sus hijos parece que solo uno era verdaderemente de su marido, con el que la obligaron a casarse, Francisco de Asís Borbón, su primo, descrito por el socarrón pueblo español como "paquita" o "paquito natillas", al que le parece demostrada su inclinación homosexual. El heredero, Alfonso, parece que sería  hijo de Enrique Puigmoltó, teniente de ingenieros del que la reina se había enamorado locamente, y de ahí que se le apodase "el puigmoltejo" al que sería más tarde Alfonso XII, que de Borbón tenía solo la sangre materna según confesión de la propia Isabel.


  Los hermanos Bécquer (Valeriano y Gustavo Adolfo) perpetraron un libro que solo pudo ser publicado después de la caída de la dinastía borbónica en 1868. Se componía de ilustraciones pornográficas que retrataban a la reina como una vulgar prostituta, una ninfómana sin escrúpulos capaz de cualquier aberración para satisfacer sus deseos.  Dejo aquí esta presentación aunque advierto del contenido explícito no apto para todos los públicos.

  Lo importante para nuestra asignatura de 2º de BAT es observar cómo España, bajo el mandato de Isabel II, una reina sin interés por su labor de gobierno, niña malcriada y poco dada a los estudios quedó sin madre siendo todavía una niña ( María Cristina fue obligada a exiliarse tras el levantamiento de los militares progresistas, que colocaron a su líder Baldomero Espartero como regente en 1840)  y acabó siendo un juguete roto en manos de los que mandaban, fue incorporándose lentamente al liberalismo europeo, introduciendo el estado liberal moderno en España, una modernización importante aunque no suficiente.   La  historia es cíclica, recordad.



Los borbones en pelotas de Alberto Fernández Puig


https://almargendefermat.wordpress.com/2009/05/17/isabel-ii-y-paquito-natillas/


martes, 21 de noviembre de 2017

Textos del Tema 3: La construcción del estado liberal


Para comenzar el TEMA 3 de HISTORIA DE 2º DE BAT os dejo algunos textos básicos sobre la REGENCIA DE MARIA CRISTINA, primera etapa del REINADO DE ISABEL II. Comenzamos con el MANIFIESTO DE ABRANTES de  CARLOS Mª ISIDRO DE BORBÓN, Hermano del fallecido FERNANDO VII. Continuamos con un texto de la SUBLEVACION CARLISTA y finalizamos con algunos fragmentos del ESTATUTO REAL, Carta Otorgada por la reina gobernadora, quien gobierna en nombre de su hija Isabel.




Manifiesto de Abrantes:

Españoles: ¡Cuán sensible ha sido a mi corazón la muerte de mi caro herma­no! Gran satisfacción me cabía en medio de las aflictivas tribulaciones, mientras tenía el consuelo de saber que existía ...

No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de la sucesión, y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos y todos los amados consanguíneos me esfuerzan a sostener y defender la corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como des­tructora de la ley que legítimamente y sin interrupción debe ser perpetua.

Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano, creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimien­to; y si hasta aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, aho­ra lo será el que no jure mis banderas; a los cuales, especialmente a los genera­les, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos car­gos, cuando la misericordia de Dios, si así conviene, me lleve al seno de mi ama­da Patria, y a la cabeza de los que me sean fieles. Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad. No padezca yo el sentimiento de que los cató­licos españoles que me aman, maten, injurien, roben, ni cometan el más mínimo exceso. El orden es el primer efecto de la justicia; el premio al bueno y sus sacrificios y el castigo al malo y sus inicuos secuaces es para Dios y para la ley, y de esta suerte cumplen lo que repetidas veces he ordenado.

Abrantes, 19 de octubre de 1833. ‑Carlos María Isidro de Borbón‑


Los apoyos del Carlismo:
 
«Vizcaínos: una facción anti-religiosa y anti-monárquica se ha apoderado del mando durante la larga enfermedad de nuestro difunto rey, y trata de adquirir ascendientes para exponernos sin defensa a los ataques de la revolución y de la anarquía que comba­timos en 1823. Sus partidarios consideran las leyes antiguas y fundamentales del Reino abolidas por otras nuevas, y después de haber alterado el orden de sucesión al trono con una audacia que no presenta otro ejem­plo en la Historia, quieren hacer a España cómplice de las abominables maquinaciones que la propaganda revolucionaria inventa para destruir el orden social en Europa.
Vizcaínos, habéis proclamado a vuestro legítimo soberano, el magnánimo y virtuoso D. Carlos María Isidro de Borbón, que se os ha presentado rodeado del amor de todos los españoles, para cicatrizar las llagas que el genio destructor del orden social os había causado...»

Proclama de la Diputación de Vizcaya. Bilbao, 5 de octubre de 1833.



Selección de artículos del ESTATUTO REAL de 1834.

"Art. 1. ...Su majestad la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija doña Isabel II, ha resuelto convocar las Cortes generales del Reino.
Art. 2. Las Cortes se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de Procuradores del Reino.
Art. 3. El Estamento de Próceres del Reino se compondrá: 1. De muy reverendos arzobispos y reverendos obispos. 2. De Grandes de España. 3. De Títulos de Castilla. 4. De Secretarios del Despacho. Consejeros de Estado, Embajadores, Generales de mar o de tierra...5. De los propietarios territoriales o dueños de fábricas... que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes, el poseer una renta anual de sesenta mil reales...
Art. 14. Para ser Procurador del reino se requiere... estar en posesión de una renta propia anual de doce mil reales.
Art. 24. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes.
Art. 31. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real."




Selección de artículos de la  CONSTITUCIÓN DE 1837.

"Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes...

Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos según su mérito y capacidad.
Art. 6. Todo español está obligado a defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica que profesan los españoles.
Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey.
Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores iguales en facultades; El Senado y el Congreso de Diputados.
Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.


Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados por los vecinos a quienes la ley concede este derecho."

Convenio de Vergara


Artículo. 1. El Capitán General D. Baldomero Espartero recomendará con interés al gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros.

Artículo. 2. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes y oficiales, y demás individuos dependientes del ejército de mando del Teniente General D. Rafael Maroto (…) quedando en libertad de continuar sirviendo y defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel II y la Regencia de su augusta Madre, o bien retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas en la mano.

Artículo. 3. Los que adopten el primer caso (…) tendrán colocación en los cuerpos del ejército (…).

Artículo. 4. Los que prefieran retirarse a sus casas siendo generales y brigadieres obtendrán su cuartel para donde lo pidan con el sueldo que por reglamento les corresponda (…).



                    Cuartel general de Vergara, a 31 de agosto de 1839